Sí. Según la Constitución colombiana, los extranjeros gozan de los mismos derechos de propiedad que los ciudadanos —apartamentos frente al mar, villas y casas incluidos— siendo la plena propiedad (freehold) el estándar, sin restricción por nacionalidad ni residencia. Las principales excepciones son ciertas playas y zonas de marea, que son bienes públicos y no pueden ser de propiedad privada. Para comprar necesitará un RUT (identificación tributaria colombiana), que le ayudamos a obtener de forma remota.


